En marzo de 1492, los Católicos sumaron a los reales encabezamiento el reino de las Islas de Canarias, y el de las Islas de Indias, al regreso de Colón. En 1494, incidente en aguas del Cabo de Aguar, estuvo a punto de estragar las relaciones con Portugal. Repitiendo que el “descubrimiento” hizo a la corona de Castilla, propietaria del continente, estando Juan Alonso y Martín de Sevilla , con otros vecinos de Palos, pescando en el Cabo, apareció Juan Serrano, caballero de Setúbal, llevando carga de plata para las factorías del rey de Portugal, donde se trocaba con ventaja. Buscando pretexto para apropiársela, los paleños registraron el barco. Al encontrar pasajeros musulmanes, pretendieron secuestrarlo, aplicando la ley vieja. Explicó Serrano que había sido derogada, pero no quisieron escucharle. Al ofrecer resistencia el portugués, aplicando la prohibición de navegar aquellas aguas, sin licencia de Castilla, usaron la artillería, hundiendo las carabela.
Enrarecidas las relaciones, temiendo los Católicos perder lo ganado, quisieron afianzar las Canarias y "tierras adyacentes" , que comprendían el término de la Mar Pequeña , obteniendo a 13 de febrero de 1495, de Alejandro VI, la resbaladiza bula "Ineffabilis". Aludiendo a los servicios prestados por la reina al Altísimo, el Borgia aplicó el "propio motu", para investir a Isabel y Fernando, como reyes de "sus posesiones", "en los países sarracenos e idólatras" de África, con población estaba en vías de ser convertida. No debieron airear los beneficiarios la concesión, pues está la fecha no la encontré en ningún encabezamiento. Fallecido Juan II de Portugal el mismo año, estando en el Algarbe, según se dijo envenenado, no dejando hijo legítimos, pero sí ilegítimo, se profetizó sucesión agitada, preparándose los Católicos, se prepararon a intervenir en favor de Manuel I, casado con su hija mayor, siendo innecesario, pues fue coronado sin oposición. En 1496, la reina quiso llamar Santa Cruz de África a la torre, que construía el Gobernador de Gran Canaria, en puerto de la Mar Pequeña , fracasando el intento.
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1496 Enero 20 (1494) Hundimiento de carabela portuguesa |
La colonización aconsejó modificar las leyes de la mar. No fueron novedad los dos escribanos de la corona, impuestos a los navíos, pero la obligación de reservar el 10% de la capacidad de carga, a las mercancías de la corona, destinadas a las poblaciones. Gratuito el flete, se hizo obligado tocar en la Española de Monte Juan, para descargarlas. Cargado a la "avería" el costo . de los fletes de la corona, la fundación y manutención de las poblaciones, “conquistas“ , descubrimientos de tierras nuevas y salarios de funcionarios relacionados Indias, se centro en Cádiz el despacho de licencias, para cruzar el mar. Exentos los pescadores, pues continuaron navegando por libre, los ingresos de los mercaderes hubiesen mermado sensiblemente, de no haber sido ignorada la ley.
Escasas las vocaciones de poblador, Isabel achacó el estancamiento del “poblamiento” de la Española , a las trabas que ponía Colón. A 10 de abril de 1495, derogó la facultad de vedar las aguas y tierras de las Islas de Indias, a quien mejor le pareciese, que le había otorgado, autorizando a los naturales y extranjeros residentes en Castilla, a “rescatar” o instalarse en Tierra Firme, sin más requisito que el de presentarse a los oficiales de la corona, enunciando un nombre y lugar de origen, para ser asentado en libros, que pronto se perdieron. Concedidas con liberalidad las licencias, para descubrir "tierra nueva", a la “parte” de las Indias, esperaba la reina emigración masiva, pero no se produjo. Aplicando la política de los hechos consumados, antes de que entrase en vigor el Tratado de Tordesillas, dividió a los pobladores en dos categorías. Los que corriesen con los gastos de viaje y su propia manutención, gozarían de privilegio de labranza y crianza hereditario, quedando liberados a perpetuidad, de pagar alcabala por la primera venta de sus productos. Elegirían libremente el lugar de residencia, siendo alimentado durante un años por la corona, el que escogiese Monte Juan. Los que percibiesen salario de la corona, pagarían las tasa fiscales y el diezmo a la corona, a la manera de los lugares que fueron del temple, pudiendo los unos y los otros, reservarse un tercio del oro que acopiasen.
Al no ser la gracia incentivo suficiente, el 2 de junio de 1496 la reina recurrió a los delincuentes, concediendo “omecillo” o perdón al que residiese en la Española , a su cargo y cuenta, durante un años. Si cumplido quedaban en la tierra, podrían reservarse un tercio del oro que obtuviesen, como los demás pobladores. Escueto el número de presos y huidos, rebeldes a la ley, que se acogieron a la oferta, Isabel, apremiada por el tiempo, involucró a los jueces en la empresa, ordenando castigar a cuantos cayesen en sus manos, sin reparar en la calidad del delito, con pena de 200 azotes, aplicados con blandura, por no estropear al género y destierro en Indias por 10 años, de encontrar justificación para recetarlo a perpetuidad. Tan útil la mujer como el hombre, en el trabajo de los “metales”, la medida sería aplicada sin distinción de sexos. De tener el delincuente posibles, se pagaría el pasaje con cargo a su peculio, corriendo el transporte del insolvente, a cargo fondo de las penas de cámara. Estas provisiones y otras similares, justifican qué Colón, burlado por los reyes, no esgrimiese el mérito dudoso de haber encontrado tierra nueva, para reclamar sus haberes, haciendo hincapié en al de haber puesto de moda las Indias, pues en tiempo del cuarto viaje, "hasta los sastres" quisieron descubrir.
En 1496 Alonso Fernández de Lugo remató la conquista de Tenerife, dejando libres las Canarias. No queriendo los reyes publicar que entrando en vigor el Tratado de Tordesillas, habrían de mudar la Isabela de Monte Juan, siendo necesaria la presencia de Colón en Castilla, para organizar la operación, en lugar de llamar al Almirante por las buenas, le repatriaron aprovechando deshonestidad conocida. A 9 de abril de 1496, nombraron juez de residencia para Indias, que habría de tomarla a cuantos ejercieron función pública. No teniendo el "descubridor" noticia de la tormenta burocrática, que se le venía encima, la carabela portadora de su enérgica protesta, por haber abierto Isabel las Indias, en contra de lo acordado, se cruzó con el navío que llevaba al juez, encargado de remitirle a la metrópoli. Colón embarcó en calidad de procesado, probablemente no cargado de cadenas, como se supone, teniendo por compañeros de viaje a Fray Buil y Pedro Magerite, testigos de cargo. Inconveniente hace llegar al pueblo llano, que el virrey de todas las Indias y muchas cosas más, al que debían respeto en función al cargo, viajaba arrestado, por haberse apropiado de lo ajeno y maltratado a los castellanos, sobre los que tuvo autoridad, se dijo que iba a la corte, para presentar a los reyes ciertas muestra de oro. No teniendo casa en Sevilla, fue alojado en la del cronista Bernáldez, primer narrador oficial de la "gesta".
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